miércoles, 16 de diciembre de 2009

Competencia desleal




"Interdit d'interdire. La liberté commence par une interdiction : celle de nuire à la liberté d'autrui" (Consigna de mayo del 68)






Las consignas de mayo del 68 exhalan ese aroma inconfundible a cachorro burgués entretenido en hacer la revolución. Sin embargo, no dejan de tener su gracia, y como prueba, les remito a la sentencia que encabeza mi entrada de hoy. Ingenuidades, utopías y rebeliones al margen, lo cierto es que en un estado de derecho las leyes y las instituciones que conforman el poder legislativo tienen, entre otras, la mala costumbre de prohibir.

Mis alumnos de primero de Bachillerato, a quienes tenía un poco abandonados en este foro, han comenzado a entrever diferentes estructuras de mercado, a saber, la competencia perfecta, el monopolio, el oligopolio y la competencia monopolística. Precisamente porque todavía ninguno de ellos ha formulado la pregunta del millón, -cómo se evitan los monopolios o las prácticas abusivas-, voy a adelantarme y presentar la Comisión Nacional de la Competencia.
Evidentemente dicha comisión sólo cobra sentido si se encuadra en el contexto de una economía de libre mercado. Bajo esta premisa, la competencia entre las empresas trasciende el status de conclusión para convertirse en regla del juego. Y de todos es conocido que a menudo los juegos exigen árbitros para su correcto funcionamiento. Como señala la propia Comisión "a pesar de los beneficios derivados para el conjunto de la sociedad del funcionamiento competitivo de los mercados, en determinadas ocasiones, los intereses particulares de algunos agentes económicos pueden no coincidir con los principios inspiradores de la libre competencia y los incentivos para llevar a cabo prácticas restrictivas pueden ser importantes. Es en estas ocasiones cuando la intervención de las autoridades de defensa de la competencia se hace necesaria para garantizar el funcionamiento competitivo de los mercados y que sus beneficios alcancen al conjunto de la sociedad. También intervienen las autoridades de defensa de la competencia cuando una operación de concentración empresarial puede suponer una alteración de la estructura de los mercados contraria al mantenimiento de una competencia efectiva."




De nuevo, el prohibido prohibir no pasa de ser un bonito slogan. La Ley de Defensa de la Competencia prohibe determinadas prácticas encaminadas a restringirla.Lista con viñetas Entre ellas, cabe mencionar las siguientes:

  • Acuerdos prohibidos: paralela que produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en los mercados. Este tipo de conductas se materializa, entre otros, en acuerdos o pactos para la fijación de precios o de otras condiciones comerciales, la limitación de la producción o el reparto del mercado. Un ejemplo lo constituye el caso en que determinadas empresas de un mismo sector acuerdan elevar conjuntamente y en medida similar el precio de venta al público de sus productos.


  • Abuso de posición dominante: prohíbe la explotación abusiva por una o varias empresas de su posición dominante. Por posición dominante se entiende la situación en la que una empresa tiene la posibilidad de desarrollar un comportamiento relativamente independiente que le permite actuar en el mercado sin tener en cuenta a los proveedores, clientes o competidores. Ejemplos de explotación abusiva de una posición dominante son la imposición de precios u otras condiciones comerciales no equitativas, la negativa injustificada a satisfacer las demandas de compra de productos o de prestación de servicios o la subordinación de la celebración de contratos a la aceptación de prestaciones suplementarias que no guarden relación con el objeto de los mismos.


  • Actos desleales: la CNC puede sancionar los actos de competencia desleal, de denigración de competidores, por ejemplo, que, por falsear de manera sensible la libre competencia, afecten al interés público.

Al final va a resultar que los jóvenes de mayo del 68 tenían razón: la única prohibición es la de perjudicar la libertad del otro. Revoluciona que algo queda.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

Creo que eliminar los monopolios es tarea inútil. Y en nuestra tierna infancia aspirábamos a hacernos con todo lo que alcanzase nuestra mirada. mayo del 68 nos trajo a los políticos que nos quitan el aire en Bruselas, mucho color, muchos sueños de niños terribles. Magnífico blog que encontré buscando una manera de enseñar economía a mi hijo de 5 años, un ser especial que espero emule a nuestro admirado Samuelson. Un saludo, Daniel.

Lorea CHocarro Goñi dijo...

Buenas tardes Begoña:

Yo también pienso que es una tarea inútil eliminar los monopolios, ya que creo que toda empresa ´´sueña`` con ser monopolista para poder tener beneficios extraordinarios almenos durante un tiempo. Aunque también creo que no es del todo malo que una empresa aspire a ser monopolista pues ésta aspiración puede ser la que le haga ser competente, la que le haga innovar para ir delante de todas sus rivales, y cuando llege a monopolista probablemente, y eso seria lo ideal, no esté mucho tiempo como monopolista pues enseguida otras empresas le imitarian o producirían productos parecidos a los de la primera empresa, así que otra vez seria vuelta a empezar en conseguir ser monopolista durante un tiempo.

Un saludo:
Lorea CHocarro Goñi

Anónimo dijo...

Dicen que los sueños solo se hacen realidad si nunca dejas de soñar, y en mi opinión cosa muy cierta, pero también es realidad que muchos sueños no son cumplidos debidos a factores externos.

Con el monopolio podríamos decir que pasa "parecido" puesto que a pesar de que conseguir beneficios mediante monopolios es el deseo de cualquier empresa, numerosas identidades se empeñan en eliminar este tipo de mercado.

Sino fijemonos en el caso de Unctad y RD quienes buscaban eliminar los monopolios del mercado dominicano, a partir de la aplicación de la Ley de Competencia y sus reglamentos.

Su director Hassan Qaqaya, señaló en enero de 2011 el interés del país en aplicar efectivamente la Ley General de Defensa de la Competencia y así evitar PRACTICAS RESTRICTIVAS COMERCIALES Y ABUSO DE PODER DEL MERCADO.

Pero en mi opinión, tras el mercado monopolista se esconden numerosos beneficios que a pesar de que quizás no se vean a primera vista, existen; como es por ejemplo, que tras la competencia existe una innovación: las empresas aspiran a innovar para poder "ir en cabeza" frente al resto de empresas.

Un saludo, Adriana Zugasti

Begoña dijo...

Buenas noches, Adriana:
Efectivamente, la posición monopolística resulta beneficiosa para quienes la practican; no creo, sin embargo, que los monopolios estimulen la innovación. Y no lo creo porque en esa estructura de mercado no existen incentivos para hacerlo. ¿Qué le reporta a un monopolio invertir en innovación? Cosa diferente es, a mi modo de ver, que se hable de competencia monopolística. En ese caso, la estrategia de diferenciación pasa o puede pasar por la inversión en I+D.
En cualquier caso, interesante comentario.
Un saludo:
Begoña